El ser humano en el centro de la nueva Ley de Salud Pública en Cuba

Segundo Período Ordinario de Sesiones
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Tony Hernández Mena

Como una ley necesaria, que deviene herramienta indispensable en el fortalecimiento del ejercicio de los derechos y deberes para con la salud en Cuba, sobre todo en medio de las difíciles circunstancias económicas por las que atraviesa el país, fue valorada la nueva Ley de Salud Pública que este viernes aprobó la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) en la última jornada del Segundo Período Ordinario de Sesiones.

Al exponer las características de la nueva norma, José Angel Portal Miranda, ministro del ramo, destacó que se trata de “un texto actualizado, integral y protector, fruto de la construcción colectiva, innovador, ético y comprometido con principios tan medulares como la dignidad humana y en armonía con el ordenamiento jurídico de la sociedad cubana. 

Asimismo, definió a la norma como necesaria y pertinente, respetuosa, inclusiva, visionaria, y enfocada en los derechos humanos más sagrados que son la salud y la vida de las personas.

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Segundo Período Ordinario de Sesiones

Para la conformación de nueva legislación se recepcionaron 569 propuestas, comentarios o recomendaciones de las que fueron aceptadas 382, es decir, el 67.2 por ciento, y a su debate se sumaron más de 76 mil personas en toda la nación, lo que permitió perfeccionar el proyecto inicial y someter a consideración de los parlamentarios, finalmente, su versión número 23, con cuatro títulos, 12 capítulos y 210 diez artículos.

Entre las intervenciones en el seno del Parlamento sobresalió la doctora Taymí Martínez Naranjo, miembro del Consejo de Estado y diputada por el municipio de Matanzas. “Esta nueva Ley de Salud es perfectible porque está hecha por seres humanos en una época y en un contexto determinado, pero es maravilloso leer sobre novedades que refuerzan el concepto de salud  y los derechos de nuestros pacientes, sus familias y nuestros trabajadores”.

Ponderó el reconocimiento que hace la norma “del derecho de las personas a acceder a una muerte digna, mediante el ejercicio de las determinaciones para el final de la vida, y a decidir sobre el proceso de su enfermedad  basado en la formulación bioética de autonomía, de beneficencia y justicia. Estamos discutiendo hoy una ley que pone en el centro el respeto a la vida de los seres  humanos y a su derecho más importante: poder decidir”.

Basado en su experiencia profesional en un consultorio médico, el  diputado Luis Ángel Tamayo, electo por el municipio de Caimanera, en Guantánamo, valoró que se trata de una ley de vanguardia, atemperada a la Cuba actual, que recoge temas novedosos y cruciales demandados por profesionales del sector, que refuerza el derecho de quienes acuden a los servicios de salud y patentiza los deberes de los usuarios”. 

Mientras, el joven diputado Roberto Alejandro Carrazana, estudiante de sexto año en la Universidad de Ciencias Médicas de Camagüey, resaltó que se confirma el carácter público de las instituciones sanitarias cubanas y el acceso gratuito a sus prestaciones. 

“En el orden académico ratifica que los mejores escenarios para la docencia y el desarrollo de la actividad científica estudiantil son los consultorios médicos, policlínicos, hospitales, y centros especializados, en tanto consolida la visión integral basada  en la medicina social desde el nivel primario, sostén y fortaleza que perfeccionó el Programa del Médico y la Enfermera de la Familia, de que fue artífice el Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.

El jurista y profesor, Leonardo Pérez Gallardo, ponderó los principios de dignidad humana que refuerza la norma; elogió el lenguaje pulcro y técnico con que se redactó la legislación al referir las cuestiones relacionadas con el final de la vida, y manifestó la legitimización de un derecho tan importante como ese.

“Esta Ley tiene una vocación constitucional, porque en sí misma es casi la Constitución de la Salud en Cuba que llevará a otras normas de desarrollo”, dijo el experto.

Como otro asunto novedoso la diputada Yamila González Ferrer mencionó la proyección que tiene la Ley en materia de igualdad de género, prevención, atención a la violencia y en el reconocimiento y garantía de los derechos sexuales y reproductivos de las personas, al incorporar lo contenido en el Programa Nacional para el Adelanto de las Mujeres y en la Estrategia integral de prevención y atención a la violencia de género y en el escenario familiar”.

La aprobación, este 22 de diciembre, de la nueva Ley de Salud Pública por el Parlamento cubano, deroga la norma anterior que data de del 13 de julio de 1983, y aunque de por sí no transformará las dificultades materiales del sistema de salud cubano, constituye un firme expresión de la voluntad del Estado cubano de fortalecer algo tan intrínsecamente humano como el bienestar de las personas.

Aprueba Asamblea Nacional Ley de la Fiscalía Militar

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Segundo Período Ordinario de Sesiones

Este viernes fue sometido también a consideración del Parlamento cubano el proyecto de ley de la Fiscalía Militar, presentado por la Fiscal General de la República, Yamila Pela Ojeda.

La propuesta de normativa regula la organización, funciones y estructura de la Fiscalía Militar, así como la elección, designación, renovación y responsabilidad de los fiscales militares.

La Fiscalía Militar tiene como misión fundamental realizar la investigación penal, ejerce su control, y el ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado ante los tribunales militares, así como velar por el cumplimiento de la Constitución de la República de Cuba, las leyes y demás disposiciones legales en los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior.

 

Aprueban diputados la ley que regula el sistema de atención a las quejas y peticiones de las personas

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Se entiende por queja la comunicación por la que una persona manifiesta su insatisfacción o inconformidad con una actuación o circunstancia en el ámbito de la actividad de los órganos, organismos, entidades, directivos, funcionarios y empleados, en todo caso del Estado, que implica o puede implicar una afectación, excepto aquellos casos que tengan previsto la vía prejudicial o judicial de reclamación de los derechos vulnerados.

El sistema se sustenta en los principios de supremacía constitucional, la legalidad, vinculación permanente con el pueblo, la objetividad, imparcialidad, celeridad, transparencia y comunicación, la oportunidad, veracidad y calidad de la información y la discreción y sensibilidad ante los asuntos que se conozcan.

Prevé el ejercicio de los derechos de que la petición ante entidades del sector estatal y no estatal garantice de esta manera una adecuada calidad en la respuesta y estimula así la conciliación de intereses en la solución de conflictos antes que los desacuerdos terminen en proceso judicial, generando por lo tanto una mayor eficiencia tanto en los procesos jurídicos como en la propia economía. Lo anterior concede a la norma frente a otras legislaciones en el mundo un avance indiscutible. Pues, en sentido general, porque establece al respecto la visión tradicional de un derecho limitado a la relación de las personas con las autoridades estatales.

Responde al derecho a exponer una queja, tal y como se expresa en la norma constituye un derecho imprescriptible de la persona de poner en conocimiento de las autoridades conductas irregulares de empleados oficiales o de particulares a quienes se ha atribuido o adjudicado la prestación de un servicio público cuando estime que se han lesionado sus intereses particulares donde cuya respuesta tiene que estar enmarcada en los ámbitos de competencia del que la formula.

La norma da elementos del sistema de atención a las quejas y peticiones, en lo adelante el sistema, integra a las estructuras designadas para su atención, tramitación y respuesta, donde los diputados afirmaron la ratificación del proyecto de ley y la novedad, por ser esta, la primera ley que rectorea de forma imprescindible la atención a las necesidades no satisfechas de la población.

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