Constitución de Guáimaro (1869)

Constitución de Guáimaro (1869)
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 Antecedentes históricos antes de la Constitución de Guáimaro (1869) 

De acuerdo con con Eduardo Torres Cuevas, miembro del Consejo de Estado, director de la Oficina del Programa Martiano y uno de los historiadores más destacados del país; además de compilador, junto a Reinaldo Suárez Suárez, de El Libro de las Constituciones: 

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Entrevista a Eduardo Torres Cuevas por el periodista Enrique Moreno Gimeranez

─Para adentrarnos en este proceso, debemos rememorar los orígenes de las constituciones en el mundo hispanoamericano. Hay que remitirse al año 1808, cuando cae la monarquía de Fernando VII en España y Napoleón Bonaparte impone en el trono a su hermano José. El monarca, no reconocido por los españoles, dicta el Estatuto de Bayona, primera propuesta en el mundo hispanoamericano de una estructura de gobierno que no era el absolutismo del Rey, sino una monarquía constitucional.

«Esta propuesta no fue aceptada en España, se produce el alzamiento y se crean, por primera vez en la historia española, juntas locales que toman el gobierno de las regiones, y hay una junta central. Esta última convoca a una Corte Constituyente, a partir de 1810, que da como resultado la Constitución de Cádiz, cuyo texto original se publicó en La Habana en el mismo año en que fue aprobada. Es decir, en ese año se publicó por primera vez una Constitución en Cuba.

«A su vez, ya el movimiento independentista latinoamericano se está desarrollando y uno de los cubanos que hay que reconocer como nuestro primer constitucionalista, el primero que crea una Constitución para la isla de Cuba, fue Joaquín Infante. Esa Constitución la publica en Venezuela dos años antes que la Carta Magna española, con algunas diferencias sustanciales.

«Esta Constitución ya contempla el germen sociedad civil –que se convertirá en una tradición en la historia constitucional cubana–, hace una separación de la Iglesia y el Estado. En la Constitución de Cádiz está estipulado que todo español tiene que ser católico, mientras que la Constitución de Infante ya da otra apertura con respecto al problema de la práctica religiosa, lo que se va a llamar libertad de conciencia. 

«Entonces, Cuba tiene, antes que la Constitución española, un proceso constitucional, acorde a su época, pero ya se está pensando en una Constitución como Ley Fundamental de la República que se crearía. Estamos hablando del año 1810 y, desde entonces, lo digo con orgullo, tenemos toda una tradición constitucional.

«En Cuba nunca pudo haber un proyecto revolucionario o de cambio que no estuviese, ante todo, avalado por un proyecto constitucional o una Constitución. Por eso, son procesos revolucionarios, no son insurrecciones ni sublevaciones. Es un proyecto de cambio, y eso tiene que estar avalado por una ley, por una ley fundamental, por una ley de leyes, que son las constituciones.

«Tampoco podemos pasar por alto la impronta de Félix Varela y Morales, el profesor de la primera Cátedra de Constitución en Cuba. No solo ya teníamos un primer proyecto, sino que tenemos una Cátedra de Constitución que educó y formó a la juventud de la época en el examen de las constituciones. Además, Varela tiene el primer libro sobre Constitución que se hace en Cuba, un documento antidictatorial, aunque con un enfoque monárquico.

«En 1837 en España se decide que Cuba, Puerto Rico y Filipinas –las únicas posesiones que le quedan– dejaran de ser provincias de ultramar para convertirse en colonias. Por tanto, son expulsados de la Constituyente los delegados de estos territorios y se excluyen del texto constitucional. Se toma la decisión que serían regidos por leyes especiales, no por la Carta Magna, lo cual era no sólo discriminatorio, sino que, además, podía ser un modo de sometimiento específico, a través de esta legislación, para la isla de Cuba. Lo interesante es que nunca aprobaron las leyes constitucionales, sin embargo, paralelamente, surgen proyectos constitucionales a lo largo del siglo.

«De ahí que, cuando nos acercamos a 1868, estamos ante una Isla que ha sido excluida de los textos constitucionales españoles y, por tanto, no estamos bajo el régimen constitucional».

 – ¿Por qué resultaba necesario, en plena Guerra de los Diez Años, aprobar una Constitución?

–Cuando Carlos Manuel de Céspedes inicia el 10 de octubre el movimiento revolucionario de 1868, no es el único que ha estado en la preparación de la contienda, había un Comité Revolucionario de Bayamo, movimientos en Camagüey y Las Villas, donde casi todos eran abogados.

«Este grupo que participó en la preparación de la guerra ya tiene consensuado un conjunto de ideas. Para llegar realmente a la aprobación de ellas es necesario reunirse y discutir una Constitución, sobre la base de una cultura cubana que ya se ha creado, especialmente una cultura jurídica. Hay consenso ideológico y jurídico, y también hay discrepancias de muy diverso tipo.

«Participan representantes de las tres zonas insurreccionales –Oriente, Camagüey y Las Villas– y también algunos habaneros. Los dos hombres que redactan la Constitución de Guáimaro son dos alumnos de José de la Luz y Caballero: Ignacio Agramonte y Antonio Zambrano.

«La idea es un texto sencillo, que dé unidad y las esencias de lo que sería la República de Cuba. Como las demás constituciones mambisas, son cartas magnas provisionales porque la Constitución definitiva tendría que hacerse una vez independientes y con una representación mayor.

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Constitución de Guáimaro (1869)

«En Guáimaro, ellos asumen la representación del pueblo de Cuba. Además, abordan los problemas claves: primero, Cuba es un país independiente; segundo, todos los cubanos son iguales. Por consiguiente, abre el camino para la posterior abolición de la esclavitud. También, en las discusiones se hace referencia a la presencia de la mujer.

«Esta Carta Magna disciplina a todos en la obediencia de la ley. Puede haber discrepancias, pero siempre lo fundamental es respetar la ley. Sin ese texto constitucional venía la división y la arbitrariedad.

«Estos elementos confieren una riqueza tremenda a la Constitución de Guáimaro, la hacen trascender por ser nuestra primera Ley de leyes netamente cubana y, al mismo tiempo, porque está marcando que todo proceso revolucionario tiene que tener también su expresión jurídica».

La Asamblea de Guáimaro, fue celebrada los días 10, 11 y 12 de abril de 1869, en esa localidad de la provincia de Camagüey. El principal resultado de este histórico encuentro fue la redacción de la primera Constitución cubana puesta en vigor en el territorio de Cuba.

Fuente: Entrevista a Eduardo Torres Cuevas, del periodista Enrique Moreno Gimeranez.