Constituidas en Cuba las 15 asambleas provinciales del Poder Popular

En Cuba, las 15 asambleas provinciales del Poder Popular quedaron constituidas este domingo. Los delegados tomaron posesión de sus cargos, prestaron juramento y eligieron al presidente y vicepresidente de los órganos superiores locales del poder del Estado.

Las Asambleas Provinciales del Poder Popular, constituidas en las demarcaciones político-administrativas en que se divide el territorio nacional, son los órganos superiores locales del poder del Estado, y, en consecuencia, están investidas de la más alta autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en sus demarcaciones respectivas y para ello, dentro del marco de su competencia, y ajustándose a la ley, ejercen gobierno.

Además, coadyuvan al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de las unidades establecidas en su territorio que no les estén subordinadas, conforme a lo dispuesto en la ley.

Listado de los presidentes y vicepresidentes de las Asambleas Provinciales

Guantánamo:
Presidenta, Nancy Acosta Hernández
Vicepresidente, Emilio Matos Mosqueda

Santiago de Cuba:
Presidenta, Beatriz Johnson Urrutia
Vicepresidenta, Odexa Fuentes Medina

Holguín:
Presidente, Julio César Estupiñán
Vicepresidenta, Carmen Gertrudis Bejarano

Granma:
Presidente, Manuel Sobrino
Vicepresidenta, Yanetsy Terry

Las Tunas:
Presidenta, Lilian González Rodríguez
Vicepresidente, Jaime Ernesto Chiang Vega

Camagüey:
Presidenta, Isabel González Cárdenas
Vicepresidenta, Yoselis Góngora López

Villa Clara:
Presidente, Alberto López Díaz
Vicepresidenta, Esperanza González Barceló

Ciego de Ávila:
Presidente, Raúl Pérez Carmenate
Vicepresidenta, Debbie López Sánchez

Sancti Spíritus:
Presidenta, Teresita Romero
Vicepresidente, Frank O. Cañizares

Cienfuegos:
Presidenta, Francisca Mayrelis Pernía Cordero
Vicepresidente, Alexandre Corona Quintero

Matanzas:
Presidenta, Tania León Silveira
Vicepresidente, Mario Sabines Lorenzo

La Habana:
Presidente, Reynaldo García Zapata
Vicepresidente, Tatiana Viera Hernández

Artemisa:
Presidente, Juan Domínguez Miranda
Vicepresidente, Yoan Molina Blanco

Pinar del Río:
Presidente, Ernesto Barreto Castillo
Vicepresidenta, Lina Plasencia Hernández,

Mayabeque:
Presidenta, Tamara Balido Benítez
Vicepresidenta, Laura María Gálvez Rodríguez

Atribuciones de las Asambleas Provinciales del Poder Popular

Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones de carácter general adoptadas por los órganos superiores del Estado;

Aprobar y controlar, conforme a la política acordada por los organismos nacionales competentes, la ejecución del plan y del presupuesto ordinario de ingresos y gastos de la provincia;

Elegir y revocar al Presidente y Vicepresidente de la propia Asamblea;

Designar y sustituir al Secretario de la Asamblea;

Participar en la elaboración y control de la ejecución del presupuesto y el plan técnico-económico del Estado, correspondiente a las entidades radicadas en su territorio y subordinadas a otras instancias, conforme a la ley;

Controlar y fiscalizar la actividad del órgano de administración de la provincia auxiliándose para ello de sus comisiones de trabajo;

Designar y sustituir a los miembros del órgano de Administración provincial, a propuesta de su Presidente;

Determinar conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, educacionales, de salud, culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, que están subordinadas al órgano de Administración provincial;

Adoptar acuerdos sobre los asuntos de administración concernientes a su demarcación territorial y que, según la ley, no corresponda a la competencia general de la Administración Central del Estado o a la de los órganos municipales de poder estatal;

Aprobar la creación y organización de los Consejos Populares a propuesta de las Asambleas Municipales del Poder Popular;

Revocar, en el marco de su competencia, las decisiones adoptadas por el órgano de administración de la provincia, o proponer su revocación al Consejo de Ministros, cuando hayan sido adoptadas en función de facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado;

Conocer y evaluar los informes de rendición de cuenta que les presenten su órgano de Administración y las Asambleas del Poder Popular de nivel inferior, y adoptar las decisiones pertinentes sobre ellos;

Formar y disolver comisiones de trabajo;

Atender todo lo relativo a la aplicación de la política de cuadros que tracen los órganos superiores del Estado;

Fortalecer la legalidad, el orden interior y la capacidad defensiva del país;

Cualquier otra que les atribuyan la Constitución y las leyes.

(Tomado de Cubadebate)

IX Legislatura

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